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  • Foto del escritorJosé Miguel Mendoza

Capitalización estatal de compañías en crisis

No se trata, pues, de nacionalizar compañías, sino de promover una inyección transitoria de recursos para proteger, durante el término de la crisis, sectores estratégicos de nuestra economía”.


Hasta hace algunos años, el Gobierno Federal de los Estados Unidos fue el accionista mayoritario de Citigroup, AIG y General Motors. Esta circunstancia, verdaderamente atípica en un país que ha sido alérgico a la participación del Estado en compañías privadas, fue una de las consecuencias menos difundidas de la crisis financiera del 2008. Por esa época, el Gobierno estadounidense dispuso de sumas astronómicas para rescatar a sociedades en aprietos, al ritmo de un ambicioso plan de salvamento consensuado entre los principales partidos políticos de ese país. Se desplegaron entonces todos los refinados instrumentos del capitalismo occidental, desde la emisión de acciones privilegiadas hasta el otorgamiento de préstamos forzosamente capitalizables, con el propósito de inyectarle recursos a la economía bajo la premisa inviolable de que se trataba de inversiones temporales que debían recuperarse rápidamente. Y fue así cómo, a partir de la ejecución meticulosa de ese plan de salvamento, se evitó el colapso del sistema financiero estadounidense, con un resultado que nadie pudo anticipar en las épocas aciagas de la crisis: estas inversiones de capital le reportaron al fisco un retorno considerable, medido hoy en decenas de billones de dólares.


Ahora que Colombia enfrenta una pandemia que ha convulsionado a la economía nacional, nuestros gobernantes encontrarán lecciones importantes en la experiencia de los Estados Unidos con la capitalización transitoria de compañías en crisis. Para comenzar, a diferencia de como ocurre con los préstamos condonables, la inyección de recursos de capital puede cumplir con el doble propósito de mantener a flote sectores enteros de la economía y asegurar un sano retorno para el erario. Es indispensable, además, que los recursos de emergencia lleguen oportunamente a las compañías más necesitadas, antes de que se multipliquen las quiebras, con daños irreversibles en el tejido económico nacional. Pero tal vez lo más rescatable de la experiencia estadounidense sea la vocación provisional de su programa de capitalizaciones. No se trata, pues, de nacionalizar compañías, sino de promover una inyección transitoria de recursos para proteger, durante el término de la crisis, sectores estratégicos de nuestra economía.


Por supuesto que la preparación de un plan tan ambicioso le impondrá una pesada carga conceptual a los diferentes estamentos del Estado. Para comenzar, la capitalización de compañías privadas deberá ser el último recurso disponible, empleado tan sólo en aquellos casos en los que no sea prudente acudir a otros mecanismos. Además, deberá evitarse a todo trance que el Estado termine administrando a su discreción los negocios de las compañías que reciban estos recursos. De no imponerse límites certeros en este sentido, la recién adquirida participación accionaria estatal podría sea usada para promover agendas políticas, como suele ocurrir en algunos países aledaños. Aunque este problema podría atenuarse si el Estado adquiere participaciones minoritarias o incluso acciones sin derecho de voto, en ambos casos será preciso contar con un régimen reforzado de protección de accionistas. Podría pensarse, por ejemplo, en conferirle protecciones especiales al accionista estatal en asuntos tales como la repartición de dividendos o la celebración de operaciones con vinculados. Por lo demás, para que las inversiones sean realmente temporales, deberá asegurarse que el Estado pueda liquidar sus bloques accionarios sin enfrentar las barreras de la “democratización”, ese procedimiento laberíntico de la Ley 226 de 1995 cuyos beneficios aún hoy son difíciles de cuantificar.


Por fortuna, Colombia está preparada para enfrentar estos retos. Tras la privatización parcial de Ecopetrol y bajo los auspicios de la OCDE, se ha venido modificando la configuración del Estado colombiano para acomodarlo a las complejas realidades de las sociedades de capital. De estos esfuerzos nacieron instituciones de talante vanguardista—incluidas la Dirección General de Participaciones Estatales y el injustamente cuestionado Grupo Bicentenario—prefiguradas desde el 2015 en la Política General de Propiedad de Empresas Estatales. Con esta robusta infraestructura institucional, el Estado colombiano podría rápidamente capitalizar compañías que revistan una importancia sistémica o aliviar a los sectores que han padecido los efectos más agudos de la crisis, por las líneas de lo que ya vienen haciendo Alemania y Francia.


En alguna fecha no tan remota, cuando hayamos adiestrado a la pandemia, podrá reactivarse plenamente la economía colombiana. Mientras llega ese momento añorado, debemos atender al mandato categórico de salvaguardar el sistema empresarial, en cuyos cimientos hoy agrietados reposan las columnas del orden público de la Nación.

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